Daniel Castillo
El Colegio de Licenciados en Derecho de Campeche confirmó que la responsabilidad de la Comuna el pago de energía eléctrica para el servicio de semáforos se encuentra en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que resulta lamentable que Ayuntamiento de Campeche desconozca la ley.
Esto, tras la polémica que generada desde hace cinco días en que algunos cruceros viales importantes de la capital campechana se han quedado sin el servicio de semaforización, debido al corte de energía eléctrica, por un adeudo ante la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y que el Ayuntamiento exige que el Gobierno del Estado asuma el pago.
José Alfredo Cardeña Vásquez, presidente del colegiado, explicó que el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece claramente cuál es la personalidad jurídica de los municipios de todo el país, y de la lectura se puede encontrar que el tránsito, el alumbrado público y los servicios públicos son responsabilidad de los Ayuntamientos.
“De hecho, cuando se elabora la ley de presupuesto de los Ayuntamientos, ahí se contempla el pago del alumbrado público. Creo que es un criterio desafortunado por parte de las personas que lo están interpretando en el municipio de Campeche”, recalcó.
Cardeña Vásquez comentó que habitualmente el Gobierno del Estado, con los diversos municipios, firma convenios de coordinación tipo fiscal y hacen apoyos para pagos y cobros de algunos derechos, pero de manera definitiva la ley es clara en torno al pago de los servicios que deben asumir los municipios.
“La Constitución es nuestra ley suprema y con base a ello es que se deben seguir todos los lineamientos entre los gobiernos, ningún acuerdo puede estar por encima de la ley, puede existir la coordinación entre los tres niveles de Gobierno, pero en este caso, si no hay convenio, se estaría violando la ley”, apuntó.
El presidente del Colegio de Licenciados en Derecho lamentó la postura que ha asumido la comuna de la capital, pues la responsabilidad de los servicios públicos les corresponde a los alcaldes, y tienen que cumplir, pues para eso fueron electos, por lo que consideró que se debe resolver lo antes posible esta discordia.
Además, recordó que los ciudadanos pagan un impuesto llamado Derecho de Alumbrado Público (DAP) que se cobra de manera ilegal en los recibos de la CFE, pues cuando la gente paga su impuesto predial ya se incluye el pago del derecho de alumbrado, por lo que con mayor razón la Comuna debe pagar a la brevedad para que se restablezca el servicio.
No había recibo
El ex alcalde de Campeche, Edgar Hernández Hernández, dio a conocer que, en el tema del adeudo de la Comuna con la Comisión federal de Electricidad (CFE), durante su administración nunca se tuvo un recibo específico por concepto de semáforos.
Indicó que este pago se realizaba con el mismo recibo del alumbrado público y que durante su administración, el pago mensual de este servicio de alumbrado público oscilaba entre los 6 y 6.5 millones de pesos, de los cuales la Comisión federal de electricidad (CFE) le retribuía cerca de 2 y 2.3 millones de pesos que es lo que se recaudaba ante el pago del DAP (Derecho de alumbrado público).
“La CFE debe aclarar a la ciudadanía y a los gobiernos estatal y municipal de dónde sale el recibo que exhiben, donde ahora el Gobierno del Estado contrata el servicio de energía para el funcionamiento de los semáforos”, señaló