MI RETIRO Y PENSION
JAIME GUTIERREZ M.
La atención médica a domicilio es un servicio que el IMSS proporciona a los derechohabientes que están imposibilitados, física o psíquicamente para asistir a una unidad de medicina familiar. El trámite lo puede realizar un familiar, responsable o derechohabiente; las opciones para realizar el trámite son:
Presencial: en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponda, en días hábiles de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas en unidades con turno matutino y de 14:00 a 20:00 horas en unidades con turno matutino y vespertino.
Vía telefónica: Llamando al número telefónico de la UMF que te corresponde en días hábiles de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas en unidades con turno matutino y de 14:00 a 20:00 horas en unidades con turno matutino y vespertino.
El trámite no está disponible para realizarse a través de medios electrónicos; el servicio es gratuito solo para derechohabientes del IMSS con vigencia de derechos.
Para solicitarlo necesitarás de lo siguiente si se hace vía telefónica: 1. Nombre del paciente que recibirá la atención médica domiciliaria. 2. Número de Seguridad Social. 3. Consultorio y turno. 4. Domicilio completo del paciente. 5. Número telefónico. 6. Nombre de quien solicita la atención médica domiciliaria.
Si es de manera presencial en la unidad médica de adscripción debes llevar: 1. Cartilla Nacional de Salud. 2. Domicilio completo del paciente. 3. Número telefónico. 4. Identificación oficial vigente. 5. Nombre de quien solicita la atención médica domiciliaria. Se requieren los documentos originales para verificar datos y requisitar la solicitud. Al solicitar el servicio:
• Debes proporcionar el número de afiliación, nombre, domicilio del paciente con todas las referencias posibles y teléfono.
• El paciente debe estar vigente o dentro del periodo de conservación de derechos.
• La atención médica domiciliaria se realiza en aquellos casos en los que el paciente se encuentre imposibilitado para acudir a su UMF.
• En caso de encontrarte fuera de la zona a la que pertenece el derechohabiente, será necesario solicitar la visita a la UMF más cercana.
• Recuerda que, como paciente o familiar, debes permitir el acceso del personal médico a tu domicilio para recibir los servicios.
• El servicio de atención médica domiciliaria se te proporcionará por los médicos asignados a la UMF correspondiente.
El fundamento legal para otorgar y recibir el servicio es el siguiente: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley General de Salud, Ley del Seguro Social, Reglamento Interior del IMSS, Procedimiento para otorgar atención médica en Unidades de Medicina Familiar 2640-003-002.